GRAVES VIOLACIONES
EL BLOQUE ELECTO DE AUTODETERMINACIÓN Y LIBERTAD DENUNCIA GRAVES VIOLACIONES POLÍTICO – INSTITUCIONALES POR PARTE DE LA LEGISLATURA SALIENTE
Nuestro bloque en ocasión de asumir sus funciones para el ejercicio de la tercera legislatura electa de la Ciudad de Buenos Aires (10/12/2003) quiere dejar constancia, mediante la presente declaración, de importantes cuestiones y anomalías de índole político-institucional, que afectan y controvierten la necesaria legitimidad de lo actuado por la legislatura saliente.
Esto implica no sólo destacar los graves incumplimientos de preceptos constitucionales votados y supuestamente defendidos por las propias fuerzas que luego los violan sino también denunciar el fraude al pueblo que significa realizar acuerdos de trastienda entre las fuerzas políticas mencionadas, incluyendo a los practicados por Ibarra y Macri,en plena campaña electoral mientras se enfrentaban mediáticamente. En el fondo se pone al desnudo una vez más la política entendida como transacciones constantes ocultadas a la población para mantener un régimen político que defiende intereses económicos minoritarios.
PROLONGACIÓN INDEBIDA DE MANDATOS.
Una omisión constitucional manifiestamente ilegal y arbitraria.
El art. 69, tercer párrafo de la Constitución de la Ciudad establece que:
“Los diputados duran cuatro años en sus funciones. Se renuevan en forma parcial cada dos años”.
La única excepción a lo dispuesto por la norma precitada es la contenida en la Cláusula Transitoria Cuarta, del mismo cuerpo legal, la cual dispone:
“La primera Legislatura puede, por única vez, y durante los primeros doce meses desde su instalación, modificar la duración de los mandatos del próximo Jefe de Gobierno, el de su Vicejefe y el de los legisladores del próximo período, con el fin de hacer coincidir las elecciones de autoridades de la Ciudad con las autoridades nacionales”.
Reforzando la regla establecida en el art. 69, y destacando la excepcionaldad de la Cláusula Transitoria Cuarta, la Cláusula Transitoria Sexta indica lo siguiente:
“La primera legislatura establecerá el sistema que garantice su renovación en forma parcial a partir de la segunda Legislatura, inclusive”.
Evidentemente aquello que el propio constituyente aceptó, fue que la primera legislatura redujera el mandato establecido en el art. 69 para la segunda legislatura, pero le impuso, no obstante ello, el cargo de garantizar la renovación parcial a partir de la segunda composición del órgano legislativo inclusive.
Así, la obligación de sancionar normas que hagan posible la renovación parcial del cuerpo a partir de su segunda composición surge palmaria y expresamente del art. 69 de la Constitución local, que es una norma permanente. Consecuentemente, la Cláusula Transitoria Sexta no hace más que señalar desde cuándo debe regir la renovación: desde la segunda Legislatura, inclusive.
Consecuencias jurídicas de la omisión constitucional
Bien sabido es que, en el orden del propio derecho público que los legisladores dicen defender, jamás puede derivarse -del incumplimiento de una obligación constitucional- la convalidación de un estado de cosas inconstitucional. Es decir, la institucionalidad producida mediante una omisión constitucional, arrastra los vicios propios de tal incumplimiento.
La obligación establecida por el art. 69 incumbe al Gobierno y a la Legislatura como cuerpo, y no se refiere tan sólo en forma exclusiva a la primera Legislatura. De modo tal que la omisión constitucional aún se mantiene, en la medida en que no se ha sancionado una norma que haga posible la renovación parcial del cuerpo legislativo, tarea que entendemos debería encarar el cuerpo que integramos.
El remedio, frente a la arbitraria e ilegal omisión constitucional que denunciamos, sólo debería haber consistido en el llamado a elecciones para renovar la mitad del cuerpo legislativo saliente.
De tal modo ningún diputado hubiera tenido legítimo derecho a protesta alguna ya que la Cláusula Transitoria Sexta ordena expresamente la renovación parcial desde la segunda Legislatura, de modo que todos los miembros que la compusieron estaban expuestos –por previsión constitucional expresa- a una “abreviación” de sus mandatos, necesaria para hacer efectiva la renovación parcial. Sin embargo, ocurrió lo contrario, es decir, una “prolongación” indebida de algunos mandatos.
Dicho en otros términos, del propio juego de las Cláusulas Transitorias Cuarta y Sexta surge la obligación de que la renovación parcial se tendría que haber llevado a cabo aún cuando el mandato de la segunda Legislatura era menor a cuatro años. La solución no hubiera carecido de racionalidad, más bien todo lo contrario, se hubiera garantizado la puesta en marcha, lo antes posible, del sistema de renovaciones parciales, aunque el mandato de algunos legisladores fuera muy reducido lo que obviamente no tiene ninguna importacia. Se trata de cumplir, por el contrario, las cláusulas constitucionales que todos ellos invocan y dicen respetar.
Los argumentos señalados en la presente Declaración, no son nuevos, ni formulados por primera vez por este bloque electo de Autodeterminación y Libertad. En similar sentido ya se ha pronunciado el propio Julio B.J. Maier, Ministro del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 11 de julio de 2001, en una acción de amparo. ( Expte. N° 1021/01).
Siguiendo con análisis legal y en nuestro intento por demostrar la importancia de esta omisión constitucional, nos remitimos a los antecedentes legislativos que precedieron al fallo citado:
La ley 124 “versus” sus antecedentes.
En el proyecto de ley originariamente redactado por la Comisión de Asuntos Constitucionales, se hallaba prevista la renovación parcial del cuerpo legislativo, en su artículo 3º. Premeditamente deducimos que en tal renovación fue luego omitida en la sanción definitiva de la norma.
Así del texto definitivo de la ley N° 124 desaparece entonces la mención expresa de dicha renovación del cuerpo como efectivamente indicaba el anteproyecto de la norma. Una interpretación armónica y sistémica de la legalidad debe entender tal vacío, llenado por la normativa constitucional que expresamente se refiere sobre la cuestión (art. 69 y Cláusulas Transitorias Cuarta y Sexta de la Constitución de la Ciudad).
Es importante, también, recordar que la redaccción del Decreto 37/2000, sancionado por el propio Olivera, convocando a elecciones prevé la renovación parcial. Así lo establece entre sus considerandos cuando expresa:
“Que conforme a las disposiciones de la Claúsula Transitoria Cuarta de la Constitución de la Ciudad y de la Ley N° 124, el plazo de los mandatos del Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno de la Ciudad y de los sesenta (60) Diputados finaliza el día 10 de diciembre de 2003, con las limitaciones dispuestas en la Cláusula Transitoria Sexta para el caso de los Diputados/as…
Nos preguntamos nosotros: ¿A que otra limitación sino a la renovación en forma parcial a partir de la segunda Legislatura, inclusive, se refiere el considerando que antecede?
Consecuentemente su artículo 2do. establece lo siguiente:
“Convócase al electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que el día 7 de mayo de 2000 proceda a la elección de sesenta (60) diputados/as titulares y diez (10) suplentes, para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad, quienes ejercerán sus mandatos hasta el 10 de diciembre de 2003 según el orden que corresponda…
“Según el orden que corresponda” esta expresión contenida en el artículo transcripto ut supra, y en interpretación armónica con su correpondiente considerando, esta indicando que parte de la segunda Legislatura debía necesariamente renovarse “según el orden que corresponda”, es decir antes de esa fecha y conforme lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Sexta.
Conclusivamente, entonces, decimos: este bloque parlamentario, desde el inicio mismo de las funciones para el cual ha sido electo por la ciudadanía porteña quiere dejar planteado, mediante la presente Declaración, la gravísima omisión constitucional manifiestamente ilegal y arbitraria detallada precedentemente y las posibles consecuencias que esto traería a la legislación producida por un cuerpo legislativo en tales condiciones institucionales, lo cual será argumentado en una ulterior acción judicial.
No convalidaremos irregularidades como las que estamos denunciando. No hemos sido electos para ello. No convalidaremos ningún acuerdo a espaldas de la población y a los cuales los grandes y no tan grandes bloques de los partidos tradicionales están habituados. Solamente actuaremos sobre bases claras, precisas, transparentes, porque esa es la tarea para la cual hemos sido elegidos.
A último momento y de apuro, es decir a pocas semanas de finalizar un mandato cuya legitimidad está claramente cuestionada, estos legisladores han atropellado encima las funciones propias de los entrantes al expedirse sobre temas que los trasciende notoriamente. La designación del Defensor del Pueblo o la votación del Presupuesto es en nuestra opinión una materia que escapa a las facultades de una Legislatura que se va y cuando la ciudadanía ya ha optado por nuevos integrantes que en días asumirán.
Como una parte de la legislación que ha producido esta segunda legislatura (auditoría, defensoría, presupuesto, refinanciación de la deuda pública ) pretende atarle las manos a los nuevos integrantes –únicos legitimados para legislar en esas materias- y le causa un grave y concreto perjuicio al pueblo, es nuestra intención adelantar que, además de la acciones judiciales, apelaremos a que los vecinos de la Ciudad exijan su revisión prioritaria y sin demoras por esta tercera legislatura porteña.
ANEXO INFORMATIVO.
1) Auditoria General de la Ciudad. Resolución N° 82 (2/07/2003)
Artículo 1° – Desígnase como Presidente de la Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Lic. Matías Barroetaveña, DNI 18.548.532.
Artículo 2° – Desígnanse como Auditores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los siguientes profesionales: Cdra. Alicia Margarita Juana Boero, DNI 11.758.466; Lic. Josefa Arminda Prada, DNI 11.807.493; Dr. Antonio Rubén Campos, LE 8.447.559; Lic. José Luis Giusti, DNI 20.088.464; Dr. Nicolás Corradini, DNI 11.849.981; Dr. Vicente Brusca, DNI 8.400.235.
Artículo 3° – Comuníquese, etc. Felgueras – Alemany
Mediante esta resolución 82/2003 se aprobó la designación, en ese organismo destinado a controlar al gobierno, al macrista Matías Barroetaveña, los peronistas Margarita Juana Boero, Josefa Prada y Vicente Brusca, el frepasista Nicolás Corradini y los radicales Antonio Rubén Campos y José Luis Giusti.
Muy lejos está este elenco de la conformación proporcional de la actual Legislatura, según reza la propia Constitución de la Ciudad y leyes específicas en la materia.
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su art. 135 primera parte, dice:
“La Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de la Legislatura, tiene personería jurídica, legitimación procesal y autonomía funcional y financiera.
Ejerce el control externo del sector público en sus aspectos económicos, financieros, patrimoniales, de gestión y de legalidad. Dictamina sobre los estados contables financieros de la administración pública,centralizada y descentralizada cualquiera fuera su modalidad de organización, de empresas, sociedades o entes en los que la Ciudad tenga participación, y asimismo sobre la cuenta de inversión.
Tiene facultades para verificar la correcta aplicación de los recursos públicos que se hubiesen otorgado como aportes o subsidios, incluyendo los destinados a los partidos políticos del distrito”.
¿Es legítimo dejar tan importantes tareas en manos de quienes en la actualidad carecen de representatividad para ocupar esos cargos?
¿Puede permitirse que, desde ahora y para cuatro años en adelante, estas personas designadas por una Legislatura que incumplió el mandato constitucional de renovarse y, en consecuencia ilegítima, controlen los gastos del Poder Ejecutivo?
En cuanto a la conformación que debe tener el organismo, la constitución y leyes dictadas en consecuencia, son demasiado claras al respecto.
El artículo N° 136 de la Constitucion de la Ciudad dice:
“La Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se compone de siete miembros designados por mayoría absoluta de la Legislatura. Su Presidente o Presidenta es designado a propuesta de los legisladores del partido político o alianza opositora con mayor representación numérica en el cuerpo. Los restantes miembros serán designados a propuesta de los partidos políticos o alianzas de la Legislatura, respetando su proporcionalidad”.
La Ley N° 70, en su artículo 138º, dice:
“Los/as Auditores/as Generales son designados por la Legislatura, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros a propuesta de los representantes de los partidos políticos o alianzas de la Legislatura, respetando su proporcionalidad. Los/as legisladores/as del partido político o alianza opositora con mayor representación numérica en el cuerpo proponen al Auditor/a General que ejerce la presidencia del organismo.
La integración del cuerpo debe adecuarse a lo dispuesto en el artículo 36 in fine de la Constitución de la Ciudad.
El Cuerpo toma sus decisiones en forma colegiada por mayoría absoluta del total de sus miembros. El/la Presidente/a vota y tiene doble voto en caso de empate”.
Como se desprende de los artículos transcriptos, la designación de Auditores Generales deberá adecuarse a la actual conformación del cuerpo legislativo, porque así lo señalan los preceptos constitucionales y ley específica en la materia.
Ley N° 325 en su art. 20 menciona: “El quórum del Cuerpo se constituye con la presencia de por lo menos cuatro de sus miembros. Las decisiones del Colegio de Auditores requieren cuatro (4) votos de sus miembros”.
El acuerdo entre Ibarra y Macri les garantiza esa mayoría.
Teniéndose en consideración lo que precede, queremos puntualizar específicamente lo siguiente:
Este bloque parlamentario electo de Autodeterminación y Libertad no resignará la posibilidad, – porque así le corresponde -, de proponer un Auditor General que no surja de pacto alguno, el cual, fundamentalmente, pueda controlar desde adentro del organismo cualquier resolución que pudiere afectar, en forma directa o indirecta los intereses de la población de la Ciudad de Buenos Aires.
2.- Defensoría del Pueblo
En la bochornosa reunión del 26 de noviembre último han votado la resolución que ha continuación se transcribe:
Artículo 1°.- Desígnase para el cargo de Defensora del Pueblo Titular de la Ciudad de Buenos Aires en los términos del Artículo 137 de la Constitución de la Ciudad a la doctora Alicia Beatriz Pierini, Libreta Cívica N° 3.976.258. Artículo 2°.- Desígnase para el cargo de Defensor del Pueblo Adjunto al señor Gustavo Tirso Lesbegueris, DNI 16.937.803. Artículo 3°.- Desígnase para el cargo de Defensora del Pueblo Adjunta a la señora Claudia Lidia Serio, DNI 14.927.674. Artículo 4°.- Desígnase para el cargo de Defensor del Pueblo Adjunto al señor Atilio Domingo Alimena, LE 8.589.656. Artículo 5°.- Desígnase para el cargo de Defensora del Pueblo Adjunta a la señora Graciela Viviana Muñiz, DNI 14.157.367. Artículo 6°.- De forma”.
Nosotros decimos, han votado a estos candidatos a defensor titular y adjuntos, en primer término, desobedeciendo una resolución judicial que así lo impedía. En efecto han desconocido lo resuelto por el Juzgado del fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Bs. As. N° 6 Sec. 11 en fecha 10/10/03 Expte. 9391/03 donde se dispuso que: “ la legislatura debía dar cumplimiento a la integración reglamentaria de la ley N° 3 respecto de las incompatibilidades e inhabilidades que eventualmente pudieren afectar a los candidatos/as que a la vez fueran legisladores/as, a efectos de la votación para designar el/la funcionario/a que habrá de cumplir con las funciones reconocidas por el art. 137 C.C.A.B.A.”
Esto fue posible como resultado de acuerdos entre distintas fuerzas políticas que dieron “quorum” y los votos necesarios a cambio de tener presencia en la conformación del organismo.
Repartiéndose los cargos, cuidándose de no dejar a ninguno por fuera del “toma y daca” la defensoría quedó compuesta del siguiente modo:
Alicia Beatriz Pierini: Bloque del Partido justicialista
Gustavo Tirso Lebergueris: Proveniente de la Unión Cívica Radical, propuesto por el legislador radical Daniel Bravo y vinculado a Nosiglia.
Claudia Lidia Serio: Unión Cívica Radical
Atilio Domingo Alimena: Macrista. Servicio de Inteligencia de la Marina
Graciela Viviana Muñiz: vinculada al Diputado Socialibarrista Puy
En la Audiencia Pública convocada en fecha 22/09/03 para las impugnaciones de los candidatos presentados se virtieron numerosas impugnaciones de todo tipo .
Existen profundas causas políticas por las cuales no tendrían que haber sido electos, empezando por la futura titular del organismo. Una vez más, radicales e ibarristas, justicialistas y macristas con mandatos a punto de finalizar han resuelto atar los destinos de la ciudadanía porteña, imponiéndole una “defensoría” por un extenso período de cinco años. No sólo, no renovaron sus bancas oportunamente, sino que algunos de ellos (vg. los radicales) no han superado la mínima cantidad de votos suficientes para obtener tan sólo un legislador en el cuerpo entrante.
Evidentemente, lo que no pudieron obtener en las urnas, lo reemplazaron por acuerdos, llevándose, en el caso de la UCR, dos defensores adjuntos. Vergonzoso.
No queremos finalizar este punto sin antes detallar “algunas perlas curriculares” de la Dra. Alicia Pierini:
En la Audiencia Pública se denunció que, Pierini,en su carácter de diputada presentó varios proyectos, uno de ellos, pese a su cargo como presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, proponiendo penalizar las concentraciones populares, las agrupaciones en avenidas o puentes, en abierta violación de principios claramente establecidos en la Constitución Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires.
Por otra parte, fue subsecretaria de Derechos Humanos del gobierno de Carlos Menem, del cual basta recordar, en lo relacionado con los derechos humanos, llegó a indultar a los genocidas de la dictadura militar.
En la Audiencia Pública se abundó en otros antecedentes como que desde que asumió, el 26 de marzo de 1991, hasta que renunció el 3 de diciembre de 1997, para incorporarse como diputada, la Subsecretaria de Derechos Humanos, Alicia Pierini, tuvo ante sí nada más ni nada menos que 385 casos de gatillo fácil y de tormento seguido de muerte sucedidos en comisarías y en servicio penitenciario, nacional y provincial. En ese sentido, no denunció que se desconoce alguna actuación útil de parte de la señora Alicia Pierini, no solamente para el esclarecimiento de estos hechos sino para el castigo de los responsables de tanta violación a los derechos humanos. En 1991, año en que Alicia Pierini asumía en el cargo de Subsecretaria de Derechos Humanos, se produjeron 52 casos de gatillo fácil, entre ellos, un caso absolutamente emblemático, que fue el de Walter Bulacio.
Creemos que con estos detalles y con estos datos, al menos, la señora Alicia Pierini ha sido sumamente ineficiente en su materia.
Por otra parte se recordó en la misma Audiencia Pública que la propia Pierini declaró vastos antecedentes como asesora de otros legisladores mientras ella misma era legisladora o ejercía otro empleo público. De hecho, declara bajo juramento haber sido asesora en temas especiales para el Senador Antonio Cafiero, 1999-2002; asesora externa ad honorem para el diputado Daniel Scioli, 1997-2001; asesora en Tribunal Penal Internacional para el senador Eduardo Menem, año 2000; asesora externa ad honorem para el diputado Mario Cafiero, 1997-1999; asesora externa ad honorem para la diputada Dolores Domínguez, 1995-1998; asesora parlamentaria con designación ad honorem del diputado Claudio Mendoza, 1992-1995.
En otras palabras, la prestación de los servicios de asesoramiento a senadores y diputados se superpone con el ejercicio de los mandatos legislativos propios que la diputada Pierini, que sucesivamente ocupó –y ocupa– en la Ciudad de Buenos Aires, o con el ejercicio de funciones en el Poder Ejecutivo Nacional. Es decir, que luego de ser elegida por voluntad popular para desempeñarse como legisladora de la Ciudad de Buenos Aires, fue asesora de los senadores Menem y Cafiero mientras se desempeñaba como funcionaria en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional; asesoraba a los diputados Domínguez y Mendoza.
Con el precedentemente descripto perfil curricular de la defensora titular designada no tenemos dudas de que los habitantes de la ciudad de Buenos Aires deberán autodeterminarse a los efectos de hacer cumplir lo prescripto por el art. 137 de la Constitución porteña.
En esto sí, creemos tener certeza. No vemos como posible, un escenario donde la señora Pierini tome como “misión la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses indiviudales, colectivos y difusos tutelados por la Constitución Nacional, las leyes y la Constitución Porteña.”
3.- SUPERPODERES PARA IBARRA. DEUDA EXTERNA. PRESUPUESTO.
Pero como toda concesión y prebenda institucional tiene su correlato económico, este bloque electo de Autodeterminación y Libertad quiere dejar constancia, en esta primera carta de presentación, de porqué esta ilegítima segunda legislatura saliente ha necesitado dejar atados algunos aspectos que hacen a la vida institucional de la Ciudad de Buenos Aires.
Ello se debe a que durante la gestión que finaliza el 10 de diciembre de 2003 han avanzado en sancionar, entre otras leyes, algunas que comprometen en forma directa los intereses económicos de la ciudadanía porteña, a saber:
Emergencia económica y social. Superpoderes para Ibarra.
A última hora del miércoles 26 de diciembre de 2001 comenzó a circular por los despachos de la Legislatura una convocatoria a sesión extraordinaria para el viernes 28, firmada por Cecilia Felgueras. Ya entrada la noche, los diputados recibieron otro texto, con el borrador de un proyecto de Ley que otorgaba Aníbal Ibarra la suma del poder público. Así, el Jefe de gobierno podría manejar el presupuesto a voluntad, revisar y firmar contratos según se le ocurra y, sobre todo, despedir, transferir o declarar trabajadores en disponibilidad a su completo arbitrio.
Según reza la ley, esta ilegítima legislatura saliente haciendo uso de las facultades que le concede el art. 80° parte 2° de la CCABA dispuso entre otras cosas lo siguiente:
Su artículo 1º declara la emergencia económica y social de la ciudad por un año, pero el Poder Ejecutivo podrá prorrogar ese lapso por igual período. Durante ese tiempo, Ibarra estará en condiciones, dice el texto, de “prescindir de la aplicación de las normas y procedimientos actualmente vigentes… para las compras y contrataciones de bienes, suministros y obras públicas…”
Otro artículo dice: “Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer la revisión de las condiciones económicas de todos los contratos celebrados por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con sus proveedores… El señor Jefe de Gobierno podrá suspender, dejar sin efecto y/o rescindir en virtud de razones de oportunidad, mérito y conveniencia, la adjudicación y/o ejecución de contratos de obras y/o servicios…”
También se lo autoriza a vender cualquier inmueble de dominio público, pero, por sobre todo, dispone:
“Facúltase al Poder Ejecutivo a diferir el pago de aquellas sumas no remunerativas que integren los haberes de la totalidad del personal y funcionarios de las distintas jurisdicciones del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus entes autárquicos y organismos descentralizados, así como los honorarios del personal contratado”.
En sustancia, el ejecutivo podrá hacer lo que quiera con los trabajadores de la ciudad, llevará a la quiebra a centenares de pymes que figuran entre los proveedores del gobierno, aumentará la desocupación y la miseria.
Deuda externa de la ciudad
La Legislatura porteña dió un cheque en blanco al gobierno de Ibarra para negociar con la banca Morgan. En otras palabras, ha avalado de antemano cualquier cosa que Morgan imponga a la ciudad. Detrás de esta infamia están los intereses de los bancos propietarios de las AFJP.
El jueves 18 de abril de 2002, esta segunda legislatura que denunciamos como ilegítima añadió una más a su historia de vergüenzas: en violación grosera a la Constitución de la Ciudad e incluso a la ley de superpoderes que se votó semanas atrás en favor de Aníbal Ibarra, aprobó un aval previo —esto es, un cheque en blanco— a cualquier cosa que el jefe de gobierno negocie —es decir, a cualquier imposición que acepte— con la banca Morgan, intermediaria financiera de los llamados “bonos Tango”.
Esto es así porque la ciudad, al igual que el país, ha entrado en default, en cesación de pagos, y ahora es gobernada directamente por la usura internacional tenedora de los papeles de deuda.
En principio, veamos los vicios de fondo que tuvo el modo de aprobación de esta ley —la número 767— antes de analizar su texto.
La Constitución porteña, aprobada en su momento con bombos y platillos tras contubernios parecidos a los que parieron la Constitución Nacional en 1994, indica que los arreglos de la deuda son competencia del Poder Ejecutivo y, luego, esos arreglos deberán aprobarse o desaprobarse en la Legislatura.
A fines del año 2001, Ibarra pidió y obtuvo de la Legislatura la ley de superpoderes para negociar y renegociar contratos a su antojo, o, mejor dicho, al antojo de sus mandantes: los bancos, los grandes contratistas, los pulpos monopólicos. Ahora, por exigencia de la banca Morgan, se vota esa misma ley pero al revés: la Legislatura no discute lo negociado, ahora aprueba de antemano lo que el Ejecutivo aceptará de la usura.
Una vez más, como dijimos cuando se votaron los superpoderes, esta Legislatura renuncia de manera explícita a su razón de existir.
Así lo exigió J.P. Morgan: los legisladores debían dar ese aval a ciegas; caso contrario, Morgan no se tomaría la molestia de sentarse a discutir con el Gobierno de la Ciudad. Y, por supuesto, su voluntad fue ley.
Aún con aval parlamentario dado de antemano a cualquier cosa que se firme, la banca Morgan dice que no se hará responsable si algún acreedor particular, disconforme con el futuro acuerdo, acude a los tribunales internacionales a denunciar al Estado porteño. Así, bien puede suceder que a la ciudad le rompan la cabeza varias veces más, después de habérsela roto el jueves 18 en la Legislatura y más tarde en la mesa de negociados con los usureros de J.P. Morgan. Como se sabe, al endeudar a la ciudad, el gobierno de Ibarra renunció a toda clase de soberanía jurídica y transfirió la competencia de cualquier demanda a los tribunales de Nueva York.
Pero ¿qué hay detrás de esto? ¿Qué se propone firmar Ibarra por orden de los usureros Morgan? En verdad, el debate le cayó de rebote a la Legislatura porque el señor Ibarra ya había decidido aceptar lo que el gobierno nacional aún no se había atrevido: la dolarización de las deudas estatales con las AFJP, y por esa dolarización presiona toda la banca propietaria de las jubilaciones argentinas, desde el Banco Provincia (Orígenes), hasta el Credicoop (Previsol). Por eso, porque se trata de beneficiar a empresas asociadas con el Banco Provincia y, por tanto, con el gobierno de La Plata, la bancada justicialista respaldó con entusiasmo en la Legislatura esta rendición en regla de la administración porteña ante J.P. Morgan.
Seguramente, se trata de una rendición a cambio de algo —proclamamos, como toda la ciudadanía, nuestro derecho a la sospecha frente a un poder político que hiede— porque esa rendición era técnicamente innecesaria hasta desde el punto de vista del gobierno de la ciudad, puesto que hablamos de una deuda degradada, una deuda declarada en default, que cotiza en plaza al 25 por ciento de su valor nominal.
¿Por qué, entonces, tanto apuro por aceptar el chantaje de Morgan?
Aún con la quita del 30 por ciento de los intereses, añadida por la Legislatura al proyecto original, la ley 767 no hace más que revalorizar la deuda externa de la ciudad según las conveniencias de la usura, que ahora podrá especular a gusto en los mercados con esos títulos hasta ayer inservibles. La Legislatura porteña, al reconocer el 100 por ciento del capital adeudado, transformó papel mojado en dólares contantes y sonantes, pagaderos, centavo sobre centavo, por la salud de los habitantes de nuestra Ciudad de Buenos Aires.
Presupuesto 2004
Todo presupuesto es la cuantificación de una acción, y la acción a llevar a cabo en este presupuesto es solventar los negocios de Roggio, Syusa, Itron, etc…a costa de disminuir los ingresos reales de quienes hacen que los hospitales, las escuelas, los comedores, los centros culturales, los teatros puedan funcionar, es decir los trabajadores de la ciudad.
Esto se ve claramente al leer los cuadros que figuran en las páginas 50 y 51 del mensaje de presentación, en donde los gastos en personal pasan de tener una participación del 58,8 % en el 2002 a una del 46,7 % en el 2004. Los gastos corrientes se reducen para poder aumentar los gastos de capital, que pasan de un 4,8% al 14.4 % en el mismo período. Dice textualmente el mensaje “El presupuesto 2004 prevé la relación Gastos de Capital sobre Gastos Corrientes más alta de los últimos 13 años, esto es el 17 % de las erogaciones.”
Dijo la Secretaria de Hacienda que no se preveen aumentos salariales, y que los 100 millones de incremento en los gastos en personal se explican por el pago del incentivo docente que este año estará a cargo de la Ciudad y en las partidas previstas para la implementación del mecanismo de evaluación y capacitación de la Ley 471. Es decir, la implementación del mecanismo que permite pasar a los trabajadores a disponibilidad y luego despedirlos. Implementar la 471 es implementar la flexibilización laboral para los estatales, es terminar con la estabilidad del empleo público garantizada por la constitución.
En este presupuesto los únicos privilegiados son los constratistas de obra pública
Para ellos, sí habrá aumentos, ya que, como dijo Ibarra en su Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2 “resulta imprescindible mantener una ecuación económico financiera de los contratos de obra pública celebrados por la Ciudad y “contar con un sistema que permita la redeterminación de precios”. Señores: el salario también es un precio, el precio al que vende el trabajador en el mercado su fuerza laboral, sus coston también aumentaron, los alimentos aumentaron, los medicamentos aumentaron, el transporte ha aumentado, pero para ellos no hay fondos, es toda una definición.
Este es el marco general, el criterio con el que este presupuesto fue hecho, lo expresado hasta ahora brinda motivos más que suficientes para incluir esta ley en la extensa lista de denuncias que queremos expresar.
Lo que si prevee este presupuesto es aumento para la represión
La partida destinada a la Policia Federal es en términos porcentuales la que más se incrementa. De $ 6.400.000 el año pasado a $ 12.000.000 para equipamiento y $1.044.000 para pago de adicionales. Ibarra, que dice que nada tiene que ver con la represión porque la Policía depende del Gobierno Nacional, pero valida su accionar, valida la represión, y los premia aumentándole en más de 100 % su partida. Ibarra sí tiene que ver, porque “subsidiará” a 500 policías, 500 policías solventados íntegramente por el erario porteño.
Volviendo al tema de la concentración de la riqueza, el próximo año se destinará el triple de dinero al pago de los intereses de los Bonos Tango, 170 millones, que a Desarrollo Social, que dispondrá de sólo 53 millones de pesos para ejecutar. Se destinará casi el mismo dinero a las AFJP, los bancos extranjeros y otros tenedores de los Bonos Tango que a toda la secretaría de Promoción Social, que dispondrá de poco más de 180 millones. No entiendo qué ahorro pudo haber obtenido la Ciudad con la renegociación, si los pagos en concepto de intereses de deuda prácticamente se triplicaron en 2 años, del 1,4 % del total en el 2002 al 4,1 % en el 2004. No es cierto tampoco que haya habido una disminución respecto al año en curso, no se toman los intereses devengados por la serie III, que serán abonados en el 2006, momento en el cual, seguramente habrá que hacer una segunda re-estructuración, es mi deseo que no sea en los mismos términos ruinosos que la primera. La deuda de la Ciudad, que era superavitaria hasta ayer no más, asciende a 2000 millones de pesos, equivalente al 50% de su presupuesto, solo una pésima gestión puede explicar tal despropósito.
La deuda externa porteña es alta, pero mucho más alta aún es la deuda que la Ciudad tiene con sus vecinos, con quienes la habitan o realizan allí sus actividades cotidianas. No hay nada que indique este presupuesto salde la deuda social con la población porteña, sino todo lo contrario, se la agrava más y más.
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Otro tema ambiental que aparece en el presupuesto 2004 es el de la Gestión Integral de Residuos. Y, dentro de ella, el de la deposición de dichos residuos en el CEAMSE.
Apreciamos que las enormes cifras que aportan los contribuyentes para el depósito “sanitario” de los residuos de la ciudad aparecen inscriptas dentro del Plan Plurianual de Inversiones 2004/06.
Esto es un despropósito, colocar estos dineros que significan un costo que, año a año, aumenta el pasivo ambiental que deberá pagar la Ciudad, dentro de las llamada inversiones es un despropósito.
Pero no es el único ni el mas grave.
Sencillamente porque en el actual presupuesto y en los dos años que siguen, tal como se lee en el proyectado plurianual, el Ceamse recibirá los 60 millones de pesos anuales acostumbrados.
Y ¿para qué estamos pagando dichos millones? Un solo ejemplo lo señala: con la recuperación y venta de los materiales reciclables que se entierran en uno solo de los cuatro basurales del Ceamse –el Norte tres de José León Suárez– se obtendrían 160 millones de pesos anuales. Es decir, con el manejo ajustado de uno solo de los cuatro basurales se podría pagar toda la gestión de residuos de la ciudad.
Pero, veamos los nombres de las empresas que aparecen en la administración de los depositorios del CEMSE: los Roggio –manejan el basural Norte Tres–y los Macri –a través de Syusa manejan el de Villa Dominico–
En cuanto al tema subtes la observación de la previsión plurianual lo dice todo. Se prevé invertir 1,2 millones en el 2004 para el Plan Integral del Desarrollo del Subterráneo de Buenos Aires. Si se mira el año siguiente, la cifra salta a 302 millones y en el 2006 salta a 1.981 millones.
Sí, dentro de tres años, los subtes llevarán casi el 50% por ciento del presupuesto de toda la ciudad. ¡Sobran las palabras!
Área de Educación:
Reconocemos que en esta área hay un aumento con respecto al presupuesto del año pasado, pero todos sabemos que éste se diluye con el índice de aumento inflacionario. Y por lo tanto decimos: NO alcanza.
No alcanza para becas, no alcanza para mejorar el tema de la provisión de alimentos en los comedores escolares que tanto han sido cuestionados según lo revelan distintos pedidos de informes. No se dice nada acerca de un boleto escolar y mucho menos algo sobre un aumento para los alicaídos bolsillos de los docentes. Pero peor aún, los proyectos de blanqueo de esos sueldos que han sido presentados por el gremio docente Ademys están congelados a pesar de que todos dicen en voz baja estar de acuerdo. Así se suceden otras muchas cosas: los CENS están cada vez más desmantelados como los institutos de profesorados y ni qué hablar de las escuelas primarias. Paralelamente, se aumenta en un 20% el presupuesto para las gestión privada. Se dirá que es necesario debido a la crisis económica que sufre la clase media que ya no puede pagar la cuota de la escuela privada de sus chicos y que siempre es más barato subsidiar a las privadas que crear nuevas escuelas. También es más económico alquilar establecimientos que comprarlos y así se llega a la ridiculez de acumular decenas de años de alquiler de establecimientos educativos cuando la ciudad cuenta con diversos inmuebles como consecuencia de las herencias vacantes.
Área de Salud:
La gestión Stern estuvo signada por varios inconvenientes entre los que figuran los reclamos de diversos proveedores de los hospitales metropolitanos. Eso hizo que en la reunión de Presupuesto del Área se hablara mucho acerca de esas cuestiones que no deberían se las más urgentes. Las más urgentes, claro, son aquellas que tienen que ver con la vida y la muerte de la gente. Pero ambas se vinculan si hay desabastecimiento de medicamentos por sus costos abultados.
Cada vez que se dice algo así, se nos retruca con que nuestras carencias tienen que ver con que recibimos población de otros distritos -de la provincia de Buenos Aires, más específicamente-, que no es nuestra responsabilidad atender a esa población. No lo es, pero podemos hacerlo, si hacemos otras cosas superfluas como algunas de las que figuran en los planes que uds. promueven mientras no dicen nada acerca del laboratorio proveedor de genéricos que una metropoli como la nuestra debería poseer.
Otra de las cosas más preocupantes es el tema de la atención de los enfermos de SIDA, para cuyos tratamientos se dedica una cifra muchísimo inferior de la necesaria y jamás se piensa ni se impulsa una efectiva y seria campaña pública acerca de la prevención de la misma.
Pero hay cosas en las que este presupuesto no repara. No repara en que haya tanto personal trabajando 4 horas en los hospitales a cambio de un magro plan de $ 150.
Otra cuestión a resolver y que demanda mayor inversión es el estado en que los hospitales se deshacen de sus residuos patogénicos.
Área de Desarrollo Social
Es ridículo pensar que el presupuesto de Desarrollo Social casi se iguala al pago de la deuda pública.
Sin embargo, hay más presupuesto para Emergencia Habitacional y el Programa para las familias en situación de Calle pero de eso se trata este presupuesto: apenas de palear las necesidades administrando clientelarmente los programas.
Y otra vez encontramos que los aumentos ni siquiera cubren los de precios de los insumos y mucho menos contemplan aumentos salariales del personal.
Además, analizando los datos en forma más fina, se puede ver que el único programa de Promoción Social que logra duplicar su presupuesto es el “Vale Ciudad” que en la sesiones anteriores critiqué debido a su incompetencia y que en última instancia los principales beneficiarios son los comerciantes y no los supuestos beneficiarios. Quizás hubiese sido más sabio destinar algunos de esos recursos al programa 4516 “Apoyo al consumo alimentario de familia”.
Pero se trata de cierto grado de sensibilidad y quizás eso falte. Cosas que no se ven ajustando las frías planillas del presupuesto sino caminando las calles de la ciudad.
Presupuesto Vivienda:
El presupuesto global para el área de Vivienda ha tenido un leve aumento.
Si para el presupuesto del año 2003 el presupuesto destinado a suplir el déficit habitacional se habían destinado poco más de $80.600.000 para el próximo año está previsto destinar $89.413.150. El aumento de poco menos de nueve millones de pesos ($8.813.150) pareciera constituir un avance
Sin embargo, si comparamos cuales son los porcentajes del presupuesto global de la Ciudad destinados a solucionar los problemas habitacionales que aquejan a cientos de miles de ciudadanos porteños nos llevamos – como siempre – algunas sorpresas bastante ingratas. Si en el 2003 se había destinado aproximadamente un magrísimo 2.5% del presupuesto a este rubro hoy encontramos que incluso con el aumento de los casi 9 millones de pesos el porcentaje se reduce a solo un 2.18% del Presupuesto de la Ciudad.
En una Ciudad, que no solo no tiene un crecimiento vegetativo alto sino que expulsa población por la crisis económica en general, la política del Estado también produce el fenómeno de la expulsión mediante la política de construcción de viviendas populares a paso de tortuga.
Pero los daños que produce el Estado en solo un par de años tarda decenios en resolverlos. Y así, los afectados por la traza proyectada de la Autopista 3 aún esperan soluciones a sus problemas y los nuevos habitantes de la zona que se han asentado precariamente ven como empeora la situación y no hay respuestas acordes a la gravedad de la situación que están viviendo. De este modo para el Programa 2011 – Recuperación de la Traza de la Ex – AU 3 se destinan unos $500.000.
Existiendo una cantidad de inmuebles ociosos de propiedad de la Ciudad de Buenos Aires y muchísimos más de privados que los valorizan en la especulación inmobiliaria, en la venta al Estado o simplemente los dejan derruir y convertir en madriguera por toda clases de alimañas es inexcusable que el Gobierno de la Ciudad no los utilice para satisfacer las necesidades de vivienda que aqueja a los porteños.
En vez de buscar soluciones de fondo, el Ejecutivo de la Ciudad ha tenido la política del desalojo sistemático como primer medida y cuando fuera posible y, una política de “tapar baches” cuando el asunto se pone demasiado “espeso”.
Simultáneamente vemos como los alquileres aumentan, que los bancos insisten en lograr las ejecuciones de hipotecas y prestamos inmobiliarios y dejan en la calle a miles de familias sin que la Ciudad inicie las presiones y negociaciones necesarias con el Gobierno Nacional para evitar que estos hechos lamentables se sigan sucediendo.
Al contrario, durante todo el año 2003 hemos asistido a los desalojos más violentos de las últimas décadas y el Ex PADELAI fue solo uno de ellos y el primero en que el Estado, para proteger la seguridad física de los ciudadanos los muele a palos, los intoxica con gases y captura y mete a patadas en celulares a los propios “protegidos”.
Pero, es en nuestra zona sur donde el problema habitacional se ha hecho más acuciante. Durante estos cuatro años de gestión de Ibarra al frente de la Ciudad se ha vuelto a la doctrina de Cacciatore de montar “cercos sanitarios” alrededor de la Ciudad y evitar que los compatriotas del interior y del conurbano se instalen en Buenos Aires. Esto es tan así que la mayoría de los planes de auto construcción se han implementado en localidades y predios que distan por lo menos 20 kilómetros de la Jefatura de Gobierno en Glew o La Matanza.
Los asentamientos y villas de emergencia ven como por descoordinación o intereses encontrados y réditos políticos en disputa entre el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad un montón de punteros aprovechan los beneficios y se enriquecen de los subsidios y no se implementa ni una política habitacional de la Ciudad así como tampoco se viabiliza el Plan Arraigo. Al parecer ni a uno ni a los otros les interesó nunca resolver el tema o al menos no han hecho nada en concreto como para pensar lo contrario. (extracto del discurso del Diputado Lathendorf, Bloque Piquete socialista en ocasión del tratamiento de la ley de presupuesto 2004).
Corolario: Estos y otros temas, los cuales nos proponemos profundizar, deberán ser tratados por el cuerpo entrante.
Nos dirán seguramente, que han sancionado y otorgado con su voto afirmativo estas y otras leyes, toda vez que han necesitado contribuir a la continuidad jurídica del Estado.
Creemos que, efectivamente a lo que han contribuido, es a perpetuar el pacto de gobernabilidad a espaldas de la ciudadanía porteña.
Mientras los dos candidatos mayoritarios, distraían a la población con su “pelea mediática” en campaña electoral, por abajo sus obsecuentes legisladores salientes, maniataban el futuro institucional-ecónomico de la ciudad.
Entonces y para finalizar: Numerosas razones nos llevan a la convicción de la necesidad de apelar a que el pueblo exija que temas como los expuestos y otros, sean revisados prioritariamente por el cuerpo entrante, toda vez que la legislatura saliente omitió manifiesta, inconstitucional, ilegal y arbitrariamente renovarse y prolongó indebidamente sus mandatos.
Buenos Aires, 03 de diciembre de 2003
Bloque Parlamentario de Autodeterminación y Libertad.